Conozca el ABC de la Comisión de Aforados – Equilibrio de Poderes

El Ministerio del Interior del gobierno Colombiano publicó el ABC de la Comisión de Aforados a raíz de las inquietudes de los ciudades por la reciente crisis de la justicia en el país.


 

¿Quién Integrará la Comisión de Aforados?

La comisión de Aforados, organismo que reemplazará a la comisión de Acusación de la Cámara, se integrará por cinco magistrados con los mismos requisitos y calidades a los de los miembros de la Corte Suprema de Justicia: 20 años de carrera profesional en Derecho y cátedra en Universidades del país.

¿Qué funciones tendrá la Comisión de Aforados?

Uno de los más graves problemas de la Comisión de Acusación es su incapacidad para investigar a los altos funcionarios del Estado. Por tal razón, la Comisión investigará y acusará ante el Congreso en pleno por conductas de índole política e indignidad por mala conducta.

Si el congreso lo acepta, puede destituir o suspender al funcionario y este proceso no durará más de dos meses.

En cuanto a los delitos penales, la Comisión pasará la acusación a la Corte Suprema de Justicia.

¿Quiénes serán sujetos de investigación por la Comisión de Aforados?

Los aforados son aquellos funcionarios que por la naturaleza de sus responsabilidades, tienen un juicio diferente, es decir, Magistrados de las cortes Constitucional, Suprema y Consejo de Estado y al Fiscal General de la Nación.

¿Los magistrados serán investigados por sus sentencias?

Los magistrados de las altas cortes y el Fiscal General serán investigados por su conducta mientras desempeñan estos cargos. El contenido de sus providencias no serán objeto de investigación.

De lo contrario, todas las sentencias judiciales en instancias de cierre (Corte Suprema, Consejo de Estado y Corte Constitucional) estarían sujetas a una nueva revisión, lo que llevaría al colapso de la rama y el sistema.

¿Qué pasará con los procesos de la Comisión de Acusación?

Una vez aprobada la creación de la Comisión de Aforados, la Comisión de Acusación tendrá un año para investigar los hechos que se encuentren bajo su conocimiento, remitir las indagaciones que sí lo ameriten a la autoridad competente, ordenar la apertura de investigaciones cuando el proceso lo amerite, también podrá ordenar el archivo de los casos que no ameriten apertura de investigación. Cumplido ese lapso, en cualquier caso, la Comisión de Aforados asumirá el conocimiento de todos los procesos abiertos.


(Sala de Prensa, Ministerio del Interior, Colombia)


 

 

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