Luego de su trámite en el Congreso de la República y del control previo en la Corte Constitucional, el Presidente Juan Manuel Santos Calderón y el Ministro Alejandro Gaviria Uribe sancionaron la Ley Estatutaria de Salud, que convierte a la salud en un derecho fundamental autónomo.
La Ley le pone fin al llamado carrusel de la muerte, toda vez que se convierte en obligatoria la prestación de los servicios de urgencias, que ya no requieren ningún tipo de autorización. (Artículo 14º).
Entre los principios consagrados en la Ley Estatutaria, el derecho fundamental a la salud debe tener continuidad, entendida como el derecho a recibir los servicios de salud sin que sean interrumpidos por razones administrativas o económicas. (Artículo 6º)
A partir de la fecha, el control a los precios de los principios activos de medicamentos se convierte en una política de Estado; los precios de los medicamentos controlados no podrán superar el precio internacional de referencia, de acuerdo con la metodología definida por el Gobierno. (Artículo 23º)
La Ley consagra la autonomía médica (Artículo 17º), persiguiendo la seguridad del paciente, bajo esquemas de autorregulación, la ética, la racionalidad y la evidencia científica. En ese sentido, asegura que los médicos serán quienes tomen las decisiones sobre los tratamientos, ya que se prohíbe todo constreñimiento, presión o restricción del ejercicio profesional que atente contra la autonomía de los profesionales de la salud. También prohíbe cualquier prebenda o dádiva a los profesionales de la salud.
Con la sanción de la ley, el Ministerio de Salud y Protección Social tendrá hasta dos años para implementar el mecanismo técnico-científico, de carácter público, colectivo, participativo y transparente, que permita ampliar progresivamente los beneficios.
De esta manera, los pacientes tendrán derecho a todas las tecnologías, excepto aquellas que estén expresamente excluidas del POS.
La Ley Estatutaria de Salud partió de una iniciativa presentada al Gobierno por la Gran Junta Médica en marzo de 2013; el Presidente Juan Manuel Santos Calderón la radicó en la Secretaría General del Senado y le dio mensaje de urgencia a su trámite en el Congreso, el cual fue liderado por el Ministro de Salud y Protección Social.
Luego de su aprobación en el legislativo, el 20 de junio de 2013, el proyecto pasó a control previo de la Corte Constitucional, que en abril de 2014 convocó una audiencia pública, donde el Gobierno y la Gran Junta Médica defendieron los contenidos de la iniciativa.
En mayo de 2014, la Corte divulgó el comunicado a través del cual anunció la aprobación con condiciones del articulado de la Ley, y en octubre publicó la extensa sentencia; ante un yerro en el texto, la Corte emitió un fallo aclaratorio en diciembre pasado y remitió el nuevo articulado al Congreso de la República, para que rehiciera el texto. El pasado 10 de febrero, el Ministro Alejandro Gaviria Uribe defendió el proyecto en la plenaria del Senado, como último trámite previo a su sanción presidencial. (Ministerio de Salud y Protección Social)
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