Los 6 puntos principales de divergencia sobre el cambio climático

AFP PHOTO/Tony KARUMBA

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Varias cuestiones importantes quedan por resolver para alcanzar en París en diciembre un acuerdo global para limitar el cambio climático.

Nivel de la meta, reparto del esfuerzo, forma jurídica: a continuación se enumeran los principales puntos de divergencia de cara a las negociaciones que se inician este lunes en Bonn, Alemania.

1.-La responsabilidad “diferenciada”:

Dicho de otra manera, el reparto de los esfuerzos entre países desarrollados, emisores históricos de los gases de efecto invernadero (GEI) responsables del cambio climático, y de los países en desarrollo y emergentes.

De esta controversia fundamental en las negociaciones climáticas surgirán opciones en materia de obligaciones, de mecanismo de transparencia y de revisión de los objetivos nacionales, o sobre la parte que algunos países en desarrollo podrían asumir para respaldar financieramente a los otros países del Sur.

2.-Los objetivos a largo plazo:

El acuerdo de París aspira a “reafirmar el objetivo a largo plazo de los acuerdos anteriores”, en particular mantener el calentamiento por debajo de los 2ºC o incluso 1,5ºC, según el documento de trabajo interno preparado por Francia para la reunión ministerial informal realizada en julio pasado en París. Queda a debate la traducción de ese objetivo en medidas concretas.

La cuestión de la validez temporal del acuerdo, de su actualización en el tiempo y de las formas de reevaluación de los compromisos nacionales también están sobre la mesa.

3.-Los medios:

Los países en desarrollo reclaman que sea precisada la forma cómo los países industrializados cuentan entregar los 100.000 millones de dólares por año prometidos para 2020, con el objetivo de financiar su adaptación a las energías limpias.

Por otra parte, quedan por definir los objetivos colectivos e individuales para después de 2020, año en que entrará en vigor el acuerdo. Y cómo reforzar los mecanismos de transferencia de tecnologías.

4.-La adaptación al cambio climático:

“Se considera que el acuerdo de París dará la misma importancia política a la atenuación (del cambio climático) que a la adaptación” al calentamiento, que hasta entonces había recibido menor respaldo financiero, según la misma fuente.

¿Cómo hacer entonces para incrementar los financiamientos para la adaptación, cómo alentar a las partes a prever planes de adaptación?

Los países también deberán examinar la cuestión sensible de los “daños y perjuicios” resultantes de los impactos inevitables del cambio climático reclamados por los Estados más vulnerables como las pequeñas islas amenazadas de quedar sumergidas.

5.-Las acciones de cooperación:

¿Cómo reforzar la meta en materia de reducción de los GEI para el período anterior a 2020, considerados por los científicos como crucial para mantenerse por debajo de los 2ºC?

¿Cómo incrementar la acción después de 2020 a través de plataformas de cooperación, con la posible participación de actores no estatales (municipalidades, etc)?

6.-La forma jurídica del acuerdo:

En 2011, los países se pusieron de acuerdo en Durban, Sudáfrica, en alcanzar para 2015 “un protocolo, otro instrumento legal o una solución concertada que tenga fuerza legal”, lo cual deja abiertas varias opciones.

Desde entonces hubo algunas discusiones y quedan varias cuestiones en suspenso. Entre ellas, decidir si los compromisos nacionales de reducción de los GEI forman parte del acuerdo (que comprometa a los Estados) o van por separado? ¿Cuál será el estatuto de las reglas de transparencia? (AFP)


 

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