La representación política en zonas afectadas por el conflicto

Por: Eder Ojeda Carranza

En Colombia la constitución de 1991 logro que sectores sociales minoritarios como los indígenas, afros, y religiosos se incorporarán en la política nacional. Sin embargo las últimas tres reformas políticas presentadas en los años 2003, 2009 y 2011, lograron reducir a grandes rasgos la participación política de actores sociales de la vida nacional; viéndose reflejado en la disminución significativa de los partidos políticos hoy existente.

No obstante, con la implementación del nuevo acuerdo de paz entre las FARC-EP y el gobierno de Juan Manuel Santos, se ampliara la participación política a los sectores minoritarios, como a los campesinos, organizaciones sociales y grupos significativos de ciudadanos que contribuyan al desarrollo de la paz.

La participación política, establecida en el punto dos del acuerdo de paz busca una apertura democrática para la construcción de la paz, permitiendo que los miembros de las FARC-EP; puedan conformar su propio partido político para competir en la escena electoral, con el propósito de llegar al poder, no por vía armada si no por el sendero democrático, como también estipula que se deben crear 16 circunscripciones transitorias especiales de paz en las zonas afectadas por el conflicto armado, es decir que se deben realizar elecciones para 16 representantes a la Cámara de manera temporal y por dos periodos electorales una vez entre en vigencia el acuerdo, sin que afecte la composición actual del Congreso de la Republica actual.


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Presidente Juan Manuel Santos, julio 29, 2016, Cali, Colombia. AFP PHOTO / LUIS ROBAYO


Aunque, las circunscripciones contarán con reglas especiales para la inscripción y elección de candidatos, los miembros de las FARC-EP, no podrán ser parte de estas circunscripciones ni postularse como candidatos; debido a que solo podrán ser candidatos y participar en el proceso los ciudadanos de esos mismo territorios sin perjuicio de su derecho a participar en la elección de candidatos a la Cámara de Representantes en las elecciones ordinarias en sus departamentos.

Por consiguiente, los partidos que cuentan con representación en el Congreso de la República o con personería jurídica, incluido el partido o movimiento político que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal, no podrán inscribir candidatos ni candidatas para estas circunscripciones.

Por tanto, invito a los ciudadanos ubicados en esos 16 territorios que nunca han podido llegar a cargos de representación nacional por falta de garantías políticas a que participen como candidatos en estas circunscripciones especiales de paz, para que logren defender los derechos de sus territorios de manera organizada.


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