“Con la reforma, la carga tributaria relacionada con el impuesto de renta en Colombia, sería las más alta de la región”

Según ACOLGEN, ANDEG, ASOCODIS. Groico: PCNPost.

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Los gremios del sector señalan que si la Reforma Tributaria es aprobada tal y como fue discutida esta semana en el Congreso, la carga efectiva de tributación del sector, que actualmente es del orden de 61%, pasaría a ser de aproximadamente el 65%.

La reforma propuesta podría generar efectos nocivos como la desinversión en el país, la descapitalización de las compañías y se pondrían en riesgo las nuevas inversiones necesarias para garantizar la indispensable expansión del sector eléctrico.

Con el objeto de mantener las inversiones que garanticen expansión del sector, los dirigentes gremiales resaltan la importancia de excluir de la base gravable del Impuesto a la Riqueza los activos fijos que se encuentran en la etapa de construcción.


Los gremios del sector eléctrico (La Asociación Colombiana de Generadores de Energía – ACOLGEN-, la Asociación Nacional de Empresas Generadoras – ANDEG- y la Asociación Colombiana de Distribuidores de Energía Eléctrica –ASOCODIS-), que representan más del 95 por ciento de la generación, distribución y comercialización de la energía eléctrica en Colombia, ven con preocupación el impacto negativo de este cambio normativo sobre la competitividad del país.

Advierten los gremios del sector que en caso de que la Reforma Tributaria sea aprobada tal y como ha sido planteada en el Congreso, y que incluye una combinación de Impuesto a la Riqueza (impuesto al patrimonio) con un aumento del 18% en la tarifa del CREE para 2018, se generarían efectos nocivos como la desinversión en el país, la descapitalización de las compañías y se pondrían en riesgo las nuevas inversiones necesarias para la expansión del sistema de generación y distribución, los cuales garantizan la prestación del servicio público esencial de energía eléctrica destinado a satisfacer las necesidades primordiales de los usuarios.

Para los dirigentes gremiales, “el impuesto a la riqueza es a todas luces, el mismo impuesto al patrimonio que se viene causando desde 2003, por lo que el cambio de denominación no lo hace diferente pero sí corresponde a un cambio en las Reglas de Juego respecto de los contratos de Estabilidad Jurídica”.

Según ACOLGEN, ANDEG, ASOCODIS. Groico: PCNPost.

Según ACOLGEN, ANDEG, ASOCODIS. Gráfico: PCNPost.

Colombia: con Reforma Tributaria propuesta – Chile: Con Reforma Tributaria del 2014, la tarifa del impuesto de renta es del 27%


En relación con los activos improductivos, destacan los dirigentes, el Impuesto a la Riqueza grava los activos en construcción que no generan ingresos pero si demandan altas inversiones. Es un contrasentido que los proyectos en construcción que requiere el país para su desarrollo deban tributar por su valor sin que todavía generen ingresos. Por lo anterior, y con el objeto de mantener las inversiones destinadas a la expansión del sector eléctrico, es importante excluir de la base gravable aquellos que se encuentran en la etapa de construcción.

Adicionalmente, y dado que la Reforma Tributaria prevé un Impuesto a la Riqueza y el aumento de la tasa del CREE (impuesto de renta para la equidad), los gremios del sector señalan que si la Reforma Tributaria es aprobada tal y como fue discutida esta semana en el Congreso, la carga en el impuesto a la renta en Colombia sería la más alta de la región con 43 puntos, 8 más que Argentina (35) que sería segundo y 21 más que Ecuador, que ocupa el puesto 16. (ANDEG, ASOCODIS, ACOLGEN)


 

 

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